La Comunidad será considerada PROMOTOR de cualquier obra o reforma -con o sin proyecto- que realice.
- El promotor tiene obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
- Se tiene que contratar con empresas inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA) o con trabajadores autónomos especialistas.
- Estas empresas que contrata directamente la comunidad se denominan Contratistas.
- Al contratar trabajos con autónomos, la Comunidad asume la condición obligaciones de Contratista.
- Se recomienda tener cubierta la Responsabilidad Civil de la comunidad como Promotora, por los daños que pudiesen generar las obras mediante un seguro específico a tal fin.
Obligaciones de la comunidad como promotora de las obras
- Comprobar que los contratistas realicen la comunicación de apertura de Centro de Trabajo, facilitando a éstos los datos necesarios.
- Nombrar un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto, cuando la redacción del mismo intervengamos de un proyectista.
- Nombrar un coordinador en materia de seguridad y salud en fase de ejecución, cuando en la ejecución de las obras intervengan más de una empresa, una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos.
- Que se elabore un estudio o estudio básico de seguridad y salud en base al proyecto.
- Informar sobre los riesgos propios del Centro de Trabajo que pueden afectar a las actividades desarrolladas por los contratistas, el control de estos riesgos y las medidas de emergencia mediante la entrega del estudio seguridad y salud.
- Se recomienda contratar un técnico para las labores de dirección o control de las obras que se ejecuten.
Medidas de Prevención a tener en cuenta
En las obras que se realizan en una Comunidad de Vecinos, siempre se deberán tomar las siguientes precauciones:
- Deberá garantizarse el acceso al interior del edificio comunidad:
- Colocando protecciones (viseras, pasarelas, …)
- Delimitando zonas de acceso de personas y de maquinaria
- Usar barreras ambientales y locales de higiene
- Tener presente y «cuidar» los elementos a conservar.
- Que existe una planificación de los trabajos a realizar.
- Considerar los posibles daños que se puedan causar a:
- Edificios colindantes
- En el entorno del edificio comunidad
- Los vecinos
- Los trabajadores
- Si se utiliza Maquinaria:
- Que ésta esté certificada y con toda la documentación en regla.
- Que tenga autorización de uso para su conductor.
- Las escaleras que se utilizan las obras deben:
- Ser metálicas y antideslizantes
- No deben tener una altura superior a los 5 metros
- Se deben utilizar para acceso y evitar realizar trabajos sobre ellas.
- Montaje, uso y mantenimiento de Andamios:
- Elegir el modelo adecuado al trabajo.
- Montaje y desmontaje por personal especializado
- Dispondrá de certificado de montaje por técnico competente
- Debe estar apoyado y arriostrado correctamente
- Deben tener los anclajes adecuados en número y forma
- Han de ser revisados periódicamente
- Los trabajadores que utilicen los andamios para realizar distintas actividades, llevarán arnés anclado a una línea de vida.
- Para la evacuación de escombros:
- Delimitar las zonas de vértigo y retirada
- Revisar los anclajes cuando se utilicen conductos de evacuación
- Evitar polvo y desprendimientos materiales
- En las distintas intervenciones que se realizan en el edificio comunicad, recordar:
- Señalizar y delimitar zonas de trabajo y de paso
- Proteger los riesgos de caídas por huecos o en altura, mediante protecciones seguras como barandillas, redes o andamios perimetrales.
- En trabajos especializados de Pocería o de Instalaciones deben actuar trabajadores especializados y formadores para ello, así como en los trabajos de descuelgue (trabajos verticales) por patios y/o fachadas.
- En trabajos de altura, como los que se realizan en Cubiertas, los trabajadores deben, los trabajadores deben estar permanentemente atados mediante líneas de vida o puntos de anclaje y arnés de seguridad.
¿Qué documentación debe exigir la Comunidad de Propietarios a las empresas contratistas?
En el caso de contratación de obras, debe solicitarse a las empresas que participen la inscripción en el REA (Registro de Entidades Acreditadas), así como, la comunicación de Apertura del Centro de Trabajo.
«Se recomienda firmar un acta de finalización de la obra.»
Obligaciones del contratista
- Inscripción en el REA (Registro de Entidades Acreditadas), con certificado y número de registro en el REA
- El plan de prevención de riesgos laborales, incluyendo la evaluación de los riesgos específicos y la organización preventiva para los trabajos que van a realizarse.
- Cumplir las obligaciones recogidas en el RD 1627/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
- Comunicación Apertura Centro de Trabajo, según modelo Orden 2674/2010, de 12 de julio, de la Comunidad de Madrid
- Plan de Seguridad y Salud, con documento y anexos y/o modificaciones, así como la aprobación/es del Coordinador de Seguridad y Salud en obras con proyecto.
- Evaluación de los riesgos concreta para el Centro de Trabajo y los trabajos a ejecutar, en el caso de no existir proyecto de obra.
- Nombrar «recurso preventivo», conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el RD 604 /2006.
- Cumplimiento de la Ley 32/2006 que regula la subcontratación en el sector de la construcción:
- Libro de subcontratación
- Niveles de subcontratación
- Seguro de Responsabilidad Civil SRC.
Las obras que se realicen en las Comunidades de Propietarios generan importantes riesgos y una elevada siniestralidad.
En SGI Consultores te podemos asesorar sobre las obligaciones preventivas para evitar accidentes.